Artículo 10 — Contratación, Arrendamiento y Venta de Activos
Vigente
- El IDEMA está facultado para celebrar toda clase de contratos de acuerdo con su naturaleza y objetivos, al igual que para dar en arrendamiento o en contrato de asociación o para vender las despensas destinadas a la distribución minorista de productos agropecuarios.De igual manera, puede el Instituto vender los activos utilizados para el mercadeo mayorista como silos, bodegas o cobertizos que no requiera para cumplir sus funciones.La desincorporación de activos debe ser dispuesta por la Junta Directiva, previa la elaboración de un programa especialmente diseñado para que las operaciones se lleven a cabo de manera ordenada, a precios comerciales y debidamente garantizadas cuando no puedan cerrarse de contado.La venta se llevará a cabo directamente por el Instituto, pero no podrá efectuarse por un precio inferior al que señale el avalúo del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" y/o de las lonjas de propiedad raíz.
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