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DECRETO 1250 1970

DECRETO 1250 DE 1970 (julio 27) Diario Oficial No. 33.139, del 4 de septiembre de 1970 PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA <NOTAS DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 104 de la Ley 1579 de 2012> <NOTA: Mediante el artículo 1o. del Decreto 2059 de 1970 publicado en el Diario Oficial No. 33.204 de 2 de diciembre de 1970, "Por el cual se suspende la vigencia de un Decreto", se suspende la vigencia de los artículos del Decreto 1250 de 1970, que reglamentan el registro de actas relativos a vehículos automotores terrestres - Este Decreto fue publicado anteriormente en el Diario Oficial No. 33.118, del 5 de agosto de 1970. El texto contenido en dicho Diario difiere del contenido en la presente edición> Por el cual se expide el estatuto del registro de instrumentos públicos. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confirió la Ley 8a de 1969, y atendido el concepto de la Comisión Asesora que ella prevé, DECRETA:
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