CODIGOcodigo_menor
CODIGO MENOR
CODIGO DEL MENOR
DECRETO 2737 DE 1989
(noviembre 27)
Diario Oficial No. 39.080 de 27 de noviembre de 1989
<NOTA DE VIGENCIA: Mediante la Ley 1564 de 2012, "por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones" publicada en el Diario Oficial No. 48.489 de 12 de julio de 2012. Quedan derogados los artículos que continuaban vigentes, en forma gradual a partir de del 1o. de enero de 2014, en los términos del numeral 6) del artículo 627 >
Código derogado por el artículo 217 de la Ley 1098 de 2006 a excepción de los artículos 320 a 325 y los relativos al juicio especial de alimentos los cuales quedan vigentes.
Para la entrada en vigencia debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el artículo 216 , el cual establece: "ley entrará en vigencia seis (6) meses después de su promulgación. Con excepción de los artículos correspondientes a la ejecución del sistema de responsabilidad penal para adolescentes, los cuales se implementarán de manera gradual en el territorio nacional empezando el primero de enero de 2007 hasta su realización total el 31 de diciembre de 2009.
El artículo 198 relativo a los beneficios y mecanismos sustitutivos entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
PARÁGRAFO. La Fiscalía General de la Nación realizará los estudios necesarios y tomará las medidas pertinentes para !a implementación gradual del sistema de responsabilidad penal para adolescentes dentro del término señalado en esta ley.">
Por el cual se expide el Código del Menor.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas
por la Ley 56 de 1988 y oída la Comisión Asesora a que ella se refiere,
DECRETA:
11 títulos • 23 capítulos • 354 artículos • 494 párrafos
Títulos
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